Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos… · Titulo SEGUNDO — De los Procedimientos de Amparo · Capitulo I — El Amparo Indirecto · Seccion Segunda — Substanciación
Artículo 112
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 112. Dentro del plazo de veinticuatro horas contado desde que la demanda fue presentada, o en su caso turnada, el órgano jurisdiccional deberá resolver si desecha, previene o admite.
En el supuesto de los artículos 15 y 20 de esta Ley deberá proveerse de inmediato.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AMPARO ADMINISTRATIVO. (s/clave)
- DEMANDA. PLAZO PARA INTERPONERLA. SI NO SE DIO RESPUESTA A LO PEDIDO. (II.1o.123 K)
- ACLARACION DE LA DEMANDA. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- DEMANDA DE AMPARO, ACEPTACION DE LA. (s/clave)
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