Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos… · Titulo Cuarto — de esta Ley. · Capitulo XI — Medios de Impugnación · Seccion Primera — Recurso de Revisión
Artículo 86
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 86. El recurso de revisión se interpondrá en el plazo de diez días por conducto del órgano jurisdiccional que haya dictado la resolución recurrida.
La interposición del recurso por conducto de órgano diferente al señalado en el párrafo anterior no interrumpirá el plazo de presentación.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISION. (s/clave)
- REVISIÓN. EL TÉRMINO LEGAL DE DIEZ DÍAS PARA SU INTERPOSICIÓN RIGE AUN CUANDO SE RECLAMEN ACTOS QUE ATAQUEN LA LIBERTAD PERSONAL. (VI.2o.113 K)
- RECURSO DE REVISION, NO ADMITE NINGUNA DISTINCION EL TERMINO DE DIEZ DIAS PARA LA INTERPOSICION DEL. (s/clave)
- REVISIÓN. EL TÉRMINO LEGAL DE DIEZ DÍAS PARA SU INTERPOSICIÓN RIGE AUN CUANDO SE RECLAMEN ACTOS QUE ATAQUEN LA LIBERTAD PERSONAL.- (5557)
- REVISION, EL TERMINO CONCEDIDO PARA QUE EL RECURRENTE CUMPLA CON UNA PREVENCION, NO SIGNIFICA QUE DEBA EXTENDERSE PARA LA INTERPOSICION DEL RECURSO DE. (s/clave)
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