Ley de Derechos de las Personas Jóvenes del Estado de Hidalgo
Artículo 18
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 18. Las personas jóvenes tienen derecho al trabajo digno, bien remunerado y a la protección de
este, que tienda a la dignificación del ser humano y a posibilitar el mejoramiento de la calidad de vida de la
sociedad.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LIBERTAD DE TRABAJO. (672)
- LIBERTAD DE TRABAJO. (s/clave)
- LIBERTAD DE TRABAJO. (s/clave)
- LIBERTAD DE TRABAJO. (s/clave)
- LIBERTAD DE TRABAJO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis