Ley de Derechos de las Personas Jóvenes del Estado de Hidalgo
Artículo 50
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 50. Queda prohibido cualquier medida que atente contra la libertad, integridad y seguridad física
y mental de las personas jóvenes.
Esta Ley reconoce el deber de protección del derecho a la libertad y seguridad de las personas jóvenes, al
garantizar que no serán arrestados, detenidos y presos arbitrariamente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MENORES. (s/clave)
- MENORES, PROTECCION DE LOS. (s/clave)
- LIBERTAD PERSONAL. (s/clave)
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