Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura · Titulo QUINTO — De la comercialización e industrialización del café mexicano · Capitulo I — De la comercialización
Artículo 40
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 40. El Comité de Comercialización del Café generará información sobre las distintas calidades del café comercializado y distribuido en el territorio nacional, que será de utilidad para la integración de Normas Oficiales Mexicanas en el marco de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- NORMAS OFICIALES MEXICANAS. LA COMPETENCIA PARA VIGILAR SU APLICACIÓN E IMPONER LAS SANCIONES RESPECTIVAS, RADICA EN LA AUTORIDAD ESPECIFICADA EN ELLAS. (I.7o.A.124 A )
- CAFÉ, EL REGLAMENTO SOBRE TORREFACCIÓN Y VENTA DEL, NO INVADE LAS ESFERAS DE ATRIBUCIONES DE LOS ESTADOS.- (535)
- CAFE, EL REGLAMENTO SOBRE TORREFACCION Y VENTA DEL, NO INVADE LAS ESFERAS DE ATRIBUCIONES DE LOS ESTADOS. (s/clave)
- TIEMPO COMPARTIDO. AUN CUANDO EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-029-SCFI-2010, PRÁCTICAS COMERCIALES-REQUISITOS INFORMATIVOS PARA LA PRESTACIÓN DE (P./J. 10/2014 (10a.))
- METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN. EL ARTÍCULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE LOS COMERCIALIZADORES, ENTRE OTROS, SE ENCUENTRAN OBLIGADOS AL CUMPLIMIENTO DE L (I.7o.A.728 A)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis