Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo 50
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Articulo 50.- El Contrato que deben celebrar los Industriales con los Abastecedores de Caña es el instrumento jurídico que regula las relaciones entre ambos respecto de la siembra, el cultivo, la cosecha y la industrialización de la caña de azúcar; será uniforme para todos los Ingenios del país, se sujetará a los términos que se establecen en esta Ley y requerirá la sanción del Comité correspondiente, entregándose copia del mismo a las partes.
Deberá contener, como mínimo la personalidad de los contratantes, la identificación del Ingenio y del terreno contratado para producción de caña de azúcar, la vigencia del Contrato, la forma de pago de la caña, el pago de intereses ordinarios o moratorios, las causales de rescisión, el sometimiento expreso de las partes a los acuerdos del Comité Nacional y del Comité, [así como a la jurisdicción de la Junta Permanente].
Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad DOF 07-12-2007
(En la porción normativa que señala: “así como a la jurisdicción de la Junta Permanente”)
El Comité Nacional elaborará el formato del Contrato.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CAÑA DE AZÚCAR. ES INOPERANTE EL PLANTEAMIENTO QUE CONTROVIERTE LAS FACULTADES DEL EJECUTIVO FEDERAL PARA EXPEDIR LOS DECRETOS CAÑEROS QUE EN LOS ARTÍCULOS QUINTO Y OCTAVO TRANSITO (2a. CLXVI/2008)
- CAÑA DE AZÚCAR. EL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE RELATIVA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE LIBERTAD CONTRACTUAL. (66)
- CAÑA DE AZÚCAR. EL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE RELATIVA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE LIBERTAD CONTRACTUAL. (2a./J. 39/2008)
- CAÑA DE AZÚCAR. LOS ARTÍCULOS 50, SEGUNDO PÁRRAFO, ÚLTIMA PARTE, 56, 119 Y 125 DE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE RELATIVA, VIOLAN LOS ARTÍCULOS 14, 17 Y 104 DE LA CONSTITUCIÓN PO (P./J. 4/2008 )
- CAÑA DE AZÚCAR. LOS ARTÍCULOS 50, SEGUNDO PÁRRAFO, ÚLTIMA PARTE, 56, 119 Y 125 DE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE RELATIVA, VIOLAN LOS ARTÍCULOS 14, 17 Y 104 DE LA CONSTITUCIÓN PO (433)
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