Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Artículo 50

Ordenamiento: Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Articulo 50.- El Contrato que deben celebrar los Industriales con los Abastecedores de Caña es el instrumento jurídico que regula las relaciones entre ambos respecto de la siembra, el cultivo, la cosecha y la industrialización de la caña de azúcar; será uniforme para todos los Ingenios del país, se sujetará a los términos que se establecen en esta Ley y requerirá la sanción del Comité correspondiente, entregándose copia del mismo a las partes.

Deberá contener, como mínimo la personalidad de los contratantes, la identificación del Ingenio y del terreno contratado para producción de caña de azúcar, la vigencia del Contrato, la forma de pago de la caña, el pago de intereses ordinarios o moratorios, las causales de rescisión, el sometimiento expreso de las partes a los acuerdos del Comité Nacional y del Comité, [así como a la jurisdicción de la Junta Permanente].

Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad DOF 07-12-2007

(En la porción normativa que señala: “así como a la jurisdicción de la Junta Permanente”)

El Comité Nacional elaborará el formato del Contrato.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 49Índice de la leyArt. 51 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis