Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Artículo 68

Ordenamiento: Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 68.- La pol o sacarosa aparente es en sí lo que da valor a la caña de azúcar como materia prima de la agroindustria de la caña de azúcar y se distribuye en su mayor proporción en la parte del tallo que ha alcanzado su total desarrollo fisiológico, desde su base hasta los entrenudos 8 a 10. Los entrenudos 8 a 10 en una caña normalmente desarrollada se localizan contando las hojas de la punta hacia abajo, siendo la número uno la que empieza a desenvolverse.

La parte del tallo superior de esos entrenudos 8-10 se denomina cogollo o punta y no tiene valor como materia prima para la industria azucarera, quedando en propiedad del cañero después de la cosecha.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 67Índice de la leyArt. 69 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis