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Ley de Educación del Estado de Aguascalientes

Artículo 31

Ordenamiento: Ley de Educación del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 31. La edad mínima para ingresar a la educación básica en el nivel

preescolar es de tres años, y para nivel primaria seis años, cumplidos al 31 de

diciembre del año de inicio del ciclo escolar.

Fuente oficial: consultar publicación

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