Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del estado de Morelos
Artículo 67
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 67. La ESAF, en los términos de la Ley General del Sistema Nacional
Anticorrupción, incluirá en la plataforma estatal y nacional digital establecida en
dicha ley, la información relativa a los servidores públicos y particulares sancionados
por resolución defi nitiva firme por la comisión de Faltas administrativas graves o
actos vinculados a éstas a que se hace referencia el presente Capítulo.
CAPÍTULO II
Del Recurso de Reconsideración
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 67 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE MÉXICO. LAS ENTIDADES SUJETAS A FISCALIZACIÓN ESTÁN LEGITIMADAS PARA INTERPONERLO C (PC.II.A. J/6 A (10a.))
- RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 67 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE MÉXICO. LA DETERMINACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE INICIAR O PROMOVER EL PROCEDIMIENTO (II.1o.A.10 A (10a.))
- INCONFORMIDAD. LA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 95 DE LA ABROGADA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS CONSTITUYE UN RECURSO EN SEDE ADMINISTRATIVA Y NO SIMPLEMENTE UNA DENUNCIA DE HECH (2a. CXXXVII/2001)
- AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN. DE LAS DENUNCIAS QUE FORMULE CONTRA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ALGUNA ENTIDAD FEDERATIVA EN EL MANEJO Y DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES TRANS (I.6o.P.114 P (10a.))
- DENUNCIA CONTRA EL TITULAR DE ALGUNA DEPENDENCIA O ENTIDAD PÚBLICA POR DELITOS COMETIDOS EN EL EJERCICIO Y CON MOTIVO DE SUS FUNCIONES. LA PETICIÓN DEL AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO (XX.3o.1 P (10a.))
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2024-09-04)
La ESAF, en los términos de la Ley General del Sistema Nacional
Anticorrupción, incluirá en la plataforma estatal y nacional digital establecida en
dicha ley, la información relativa a los servidores públicos y particulares
sancionados por resolución definitiva firme por la comisión de Falt as
administrativas graves o actos vinculados a éstas a que se hace referencia el
presente Capítulo.
CAPÍTULO II
Del Recurso de Reconsideración
Artículo 68.
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