Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes

Artículo 7

Ordenamiento: Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-06-23

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 7°. - El Congreso del Estado, a través de la Comisión Legislativa,

conocerá, discutirá y evaluará cada año el funcionamiento de la Comisión, así como

el balance de su ejercicio, mediante el análisis del informe anual que rinda el

Presidente.

En caso de que la Comisión Legislativa lo considere pertinente, el Presidente podrá

ser citado a comparecer ante el Pleno Legislativo para que explique y amplíe su

informe.

CAPÍTULO III

De las Facultades de la Comisión

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 6Índice de la leyArt. 8 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis