Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Tamaulipas
Artículo 52
Vigencia verificada: 1 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 52. Para los efectos de esta Ley, los contratos de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas podrán ser de tres tipos:
• Precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al contratista se hará por unidad de concepto de trabajo terminado;
• Precio alzado, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago total fijo que deba cubrirse al contratista será por los trabajos totalmente terminados y ejecutados en el plazo establecido;
Las proposiciones que presenten los contratistas para la celebración de este tipo de contratos, tanto en sus aspectos técnicos como económicos, deberán estar desglosadas por lo menos en cinco actividades principales, y
• Mixtos, cuando contengan una parte de los trabajos sobre la base de precios unitarios, y otra a precio alzado.
La Comisión y los Ayuntamientos, podrán incorporar en las bases de licitación las modalidades de contratación que tiendan a garantizar al Estado y al municipio las mejores condiciones en la ejecución de los trabajos, siempre que con ello no desvirtúen el tipo de contrato que se haya licitado.
Se deroga.
Párrafo derogado, P.O.E. No. 40, del 16 de diciembre de 2024
https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/12/cxlix-Ext.No_.40-161224.pdf
Cualquier tipo de contrato de obra pública podrá celebrarse bajo la modalidad de pagos a plazos preestablecidos. En esta modalidad, los pagos se realizarán mediante amortizaciones periódicas programadas en más de un ejercicio fiscal, conforme a los términos y condiciones que establezcan los contratos respectivos, debiéndose emitir certificados de avance de obra con base en las estimaciones autorizadas.
Párrafo adicionado, P.O.E. No. 40, del 16 de diciembre de 2024
https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/12/cxlix-Ext.No_.40-161224.pdf
Los certificados de avance de obra establecerán, entre otros aspectos, las fechas y montos de pago, incluyendo el costo por diferimiento.
Párrafo adicionado, P.O.E. No. 40, del 16 de diciembre de 2024
https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/12/cxlix-Ext.No_.40-161224.pdf
Los compromisos plurianuales derivados de los contratos de obra pública en la modalidad de pagos a plazos preestablecidos tendrán preferencia respecto a otras previsiones de gasto en el rubro de obra pública, debiéndose incluir en los presupuestos de egresos de los ejercicios subsecuentes hasta la liquidación total de los contratos respectivos.
Párrafo adicionado, P.O.E. No. 40, del 16 de diciembre de 2024
https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/12/cxlix-Ext.No_.40-161224.pdf
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PÚBLICA. LOS GASTOS FINANCIEROS QUE SE PRODUZCAN POR FALTA DE CUMPLIMIENTO EN LOS PAGOS DE ESTIMACIONES O EN EL AJUSTE DE COSTOS, SÓLO SON EXIGIBL (I.7o.A.306 A )
- CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO Y CONTRATO DE OBRA A PRECIOS UNITARIOS. SUS DIFERENCIAS. (I.3o.C.719 C)
- CONTRATO DE OBRA PÚBLICA. CONSECUENCIAS PATRIMONIALES DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. (I.3o.C.175 C (10a.))
- OBRA PÚBLICA. TRATÁNDOSE DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO RELATIVO, EXISTE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DEL SERVIDOR PÚBLICO ENCARGADO DE APROBAR LAS ESTIMACIONES PRESENTADAS POR LO (I.7o.A.702 A)
- GASTOS FINANCIEROS. EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55, PRIMER PÁRRAFO, DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, PROCEDE SU PAGO RESPECTO A LAS PENAS CONVENCIO (I.1o.A.183 A (9a.))
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