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Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Titulo QUINTO — COMUNICACIONES DE DATOS PERSONALES · Capitulo Único — De las Transferencias y Remisiones de Datos Personales

Artículo 66

Ordenamiento: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Ámbito: Estado de México
Última reforma: —

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 66. En toda transferencia de datos personales, el responsable deberá comunicar al receptor de

los datos personales el aviso de privacidad conforme al cual se tratan los datos personales frente a la

Sin reforma.

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persona titular.

Fuente oficial: consultar publicación

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