Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Residuos Sólidos y de Economía Circular para el Estado de Morelos

Artículo 103

Ordenamiento: Ley de Residuos Sólidos y de Economía Circular para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-05-27

Vigencia verificada: 13 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 103. En caso de reincidencia, el monto de la multa podrá ser hasta por

dos veces el monto originalmente impuesto, sin excederse del doble máximo

permitido, así como la clausura temporal o cancelación definitiva.

Además de las sanciones económicas, el infractor deberá realizar las acciones

necesarias para reparar el daño causado a los recursos naturales, en el plazo y

términos que la autoridad le señale.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 102Índice de la leyArt. 104 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis