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Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes

Artículo 230

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 230.- El día y hora señalado para la audiencia, el Presidente del Supremo

Tribunal de Justicia declarará abiertos los trabajos de la misma y procederá

conforme a las siguientes normas:

I. La Secretaría dará lectura a las conclusiones formuladas por el Gran Jurado;

II. Acto continuo, se c oncederá la palabra al servidor público o a su defensor, o a

ambos, para que formulen sus pedimentos en proposiciones concretas; y

III. A continuación, el Jurado de Sentencia, por medio del Presidente del Supremo

Tribunal de Justicia, citará a las partes para sentencia y dará por concluida la sesión.

La sentencia se pronunciará dentro de los tres días hábiles siguientes.

Fuente oficial: consultar publicación

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