Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo
Artículo 17
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 17. Los entes públicos deben establecer los mecanismos de coordinación que determine el Comité
Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción e informarle de los avances y resultados a través de sus
Órganos Internos de Control.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
- PODERES PUBLICOS. (s/clave)
- REGLAMENTACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO DE LAS AUTORIDADES EJECUTORAS, OMISION DEL. (s/clave)
- PROCESOS. (s/clave)
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