INFORME JUSTIFICADO DE LAS AUTORIDADES EJECUTORAS, OMISION DEL.
Si el presidente del comité de vigilancia del comisariado ejidal responsable no rindió su informe justificado, es claro que existe la presunción de certeza consignada en el artículo 149 de la Ley de Amparo, en cuanto a los actos que se le atribuyen, pero esa presunción cede ante la negativa de las otras autoridades y de modo principal ante la de la autoridad señalada como ordenadora, pues en esas condiciones, siendo inexistente la orden reclamada, resulta imposible que pudiera ser realizada por una autoridad ejecutora, como es el citado presidente, que no rindió su informe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324667-2197f6a7/informe-justificado-de-las-autoridades-ejecutoras-omision-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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