Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo
Artículo 4
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 4. Las autoridades del Estado y las de los municipios concurrirán con las de la Federación para el
cumplimiento de la Ley General y de la esta Ley, de conformidad con las bases y principios que establezcan
los Sistemas Anticorrupción respectivos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION. (s/clave)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICIA. (s/clave)
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