Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo
Artículo 86
Vigencia verificada: 23 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 86. La persona que se encuentre sometida a investigación como autora o participe de alguna falta
administrativa grave o de particulares, puede confesar su responsabilidad con el objeto de acogerse al
beneficio de reducción de sanciones que se establece en el artículo siguiente. Esta confesión se podrá
hacer ante la autoridad investigadora.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- POSICIONES. (s/clave)
- CONFESIÓN. TIENE TAL CARÁCTER LA QUE REALIZA EL ACTIVO ADUCIENDO LAS RAZONES DE SU ACTUAR, POR LO QUE SE SATISFACE UNA DE LAS CONDICIONES PARA LA DISMINUCIÓN DE LA PENA EN DELITOS (I.10o.P.28 P)
- CONSIGNACION DE LOS HECHOS RECLAMADOS AL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- CONFESION. (s/clave)
- CONFESION, NO ATENUA LA PENA. (s/clave)
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