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Modo: Corpus Pro

Ley de Salud del Estado de Morelos

Artículo 102

Ordenamiento: Ley de Salud del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 102. - Las instituciones del sector salud del Estado, con base en las

Normas Oficiales Mexicanas que emita la Secretaría de Salud del Gobierno

Federal, establecerán las bases para la utilización de sus instalaciones y servicios

en la formación de recursos humanos para la salud.

Fuente oficial: consultar publicación

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