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Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.

Artículo 83

Ordenamiento: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo. · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: —

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 83. El Sujeto obligado debe enviar a las Autoridades garantes correspondientes, un informe con

justificación respecto de los hechos o motivos de la denuncia dentro de los cinco días siguientes a la

notificación anterior.

Las Autoridades garantes, pueden realizar las verificaciones virtuales que procedan, así como solicitar los

informes complementarios al Sujeto obligado que requieran, para allegarse de los elementos de juicio que

considere necesarios para resolver la denuncia.

En el caso de informes complementarios, el Sujeto obligado deberá responder a los mismos, en el término

de tres días siguientes a la notificación correspondiente.

Fuente oficial: consultar publicación

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