Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley del Mercado de Valores

Artículo 233

Ordenamiento: Ley del Mercado de Valores · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 233.- Los titulares de acciones listadas en bolsas de valores, podrán realizar fuera de éstas operaciones con dichos valores, siempre que se ajusten a las disposiciones aplicables a las adquisiciones de valores objeto de revelación y ofertas públicas forzosas de adquisición, cuando así corresponda.

Capítulo II

De las bolsas de valores

Sección I

De la organización

Fuente oficial: consultar publicación

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