Ley del Mercado de Valores · Titulo IX — De los sistemas de negociación bursátiles y extrabursátiles · Capitulo III — De los sistemas de negociación extrabursátil · Seccion I — De las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores
Artículo 258
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 258.- Las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores tendrán prohibido asumir el carácter de contraparte de cualquiera de sus usuarios en las operaciones que se canalicen a través de sus sistemas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- PROTECCION CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- AUTORIDADES.- (87)
- PROTECCION CONSTITUCIONAL. (s/clave)
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