Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 39 B

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 7 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 39 B.- Para el debido ejercicio de las atribuciones enumeradas en el Artículo

anterior, las Instituciones Policiales podrán contar con las siguientes divisiones,

cuyas actividades específicas se regularán en el Reglamento:

(ADICIONADA, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

I. De proximidad;

(ADICIONADA, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

II De atención a víctimas;

(ADICIONADA, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

III De investigación;

(ADICIONADA, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

IV. De inteligencia;

(ADICIONADA, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

V. De reacción;

(REFORMADA, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2024)

VI. De protección y custodia;

(REFORMADA, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2024)

VII. De policía procesal; y

(ADICIONADA, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2024)

VIII. De policía cibernética.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 39 AÍndice de la leyArt. 40 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.