Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.
Artículo 8º
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 8º.- La coordinación, evaluación y seguimiento de lo dispuesto en esta Ley,
se hará con respeto a las atribuciones que cada una de las instituciones y
autoridades que integr an el Sistema, les confiera la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los que el Estado
Mexicano es parte, la jurisprudencia, la Constitución del Estado y las leyes de la
materia.
(ADICIONADO, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- CONSTITUCION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis