Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos
Artículo 38
Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 38. - Una vez recopilada la información de las diversas unidades
administrativas el área coordinadora de archivos elaborará una guía simple de los
archivos, de acuerdo con el cuadro general de información archivística, y la relación
de los archivos de gestión e histórico, con el nombre, dirección, teléfono, correo
electrónico y cargo del responsable.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO PATRIMONIAL.- (4868)
- SUCESIONES, ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES DE LAS. (s/clave)
- MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO PATRIMONIAL. (s/clave)
- POSESION DE TERRENOS EJIDALES. (s/clave)
- ASEGURAMIENTO DE LA COSA MATERIA DEL DELITO. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2017-03-01)
Una vez recopilada la información de las diversas unidades
administrativas el área coo rdinadora de archivos elaborará una guía simple de los
archivos, de acuerdo con el cuadro general de información archivística, y la
relación de los archivos de gestión e histórico, con el nombre, dirección, teléfono,
correo electrónico y cargo del responsable.
ARTÍCULO 39. -
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