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Ley Federal de Derechos · Titulo II — de esta Ley. · Capitulo XIV — De la Secretaría de Salud · Seccion Cuarta — Otros Servicios

Artículo 195-I

Ordenamiento: Ley Federal de Derechos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 195-I. Por otros servicios en materia sanitaria se pagarán los siguientes derechos:

Párrafo reformado DOF 31-12-1998, 31-12-2003, 11-12-2013

I. Por los servicios de trámite de solicitudes de los permisos sanitarios de adquisición en plaza, muestreo y liberación de materia prima, fármacos o medicamentos que contengan estupefacientes o psicotrópicos $3,526.55

Fracción reformada DOF 30-12-2002, 07-11-2025

II. Por la solicitud de liberación para la venta o distribución de materia prima y producto terminado por cada lote o partida de productos biológicos, biotecnológicos, hemoderivados o antibióticos, se pagará por cada solicitud de liberación $2,816.01

Fracción reformada DOF 30-12-2002, 13-11-2008

III.- (Se deroga).

Fracción reformada DOF 31-12-1998, 31-12-1999, 30-12-2002. Derogada DOF 31-12-2003

IV. Por los servicios de reposición de licencias sanitarias y registros sanitarios, con motivo de pérdida, robo o extravío, se pagará conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF 11-12-2013

a). Por la reposición de cada licencia sanitaria $1,073.78

Inciso reformado DOF 30-12-2002

b). Por la reposición de cada registro sanitario $2,147.53

Inciso reformado DOF 30-12-2002

V. (Se deroga).

Fracción reformada DOF 30-12-2002. Derogada DOF 31-12-2003

VI. Por el servicio de trámite de solicitudes de autorización de protocolos de investigación de cada medicamento o dispositivo médico con fines de registro sanitario, se pagará por cada solicitud de protocolo de investigación $8,195.58

Fracción reformada DOF 13-11-2008

VII. Por cada solicitud de autorización de la clave alfanumérica de remedios herbolarios, se

pagará $6,262.84

Fracción adicionada DOF 31-12-1998. Reformada DOF 30-12-2002

Por las modificaciones solicitadas a las autorizaciones señaladas en las fracciones VI y VII de este artículo se pagará el 75% del derecho que corresponda.

Párrafo adicionado DOF 13-11-2008

Artículo derogado DOF 20-12-1991. Adicionado DOF 28-12-1994. Reformado DOF 15-12-1995. Derogado DOF 30-12-1996.

Adicionado DOF 29-12-1997

Fuente oficial: consultar publicación

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