Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley Federal de Derechos

Artículo 204-A

Ordenamiento: Ley Federal de Derechos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 204-A. La totalidad de los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos señalados en el presente capítulo, se destinarán al Fondo de Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana.

Artículo derogado DOF 20-12-1991. Adicionado DOF 21-12-2005

Fuente oficial: consultar publicación

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