Ley General de Salud · Titulo SEPTIMO — Promoción de la Salud · Capitulo IV — Efectos del Ambiente en la Salud
Artículo 125
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 125.- Requiere de autorización sanitaria, la posesión, comercio, importación, exportación, distribución, transporte y utilización de fuentes de radiación de uso médico; así como la eliminación y desmantelamiento de las mismas y la disposición final de sus desechos, debiendo sujetarse en lo que se refiere a las condiciones sanitarias, a lo que establece esta ley y otras disposiciones aplicables.
En lo que se refiere a unidades de rayos X de uso odontológico, bastará que el propietario notifique por escrito su adquisición, uso, venta o disposición final, a la autoridad sanitaria dentro de los diez días siguientes. Su uso se sujetará a las normas de seguridad radiológica que al efecto se emitan.
La Secretaría de Salud en coordinación con las demás dependencias involucradas, expedirá las normas a que deberán sujetarse los responsables del proceso de las fuentes de radiación ionizante destinados a uso diferente del tratamiento médico.
En el caso de las fuentes de radiación de uso médico o de diagnóstico, la Secretaría de Salud expedirá las autorizaciones en forma coordinada con la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
Párrafo adicionado DOF 07-05-1997
Artículo reformado DOF 14-06-1991
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RAYOS X, PRESTACION DE SERVICIOS CON APARATOS DE. REQUIERE AUTORIZACION DE LA SECRETARIA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA. (s/clave)
- RAYOS X, TIPO DIAGNÓSTICO; REGLAMENTO DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA PARA EL USO DE EQUIPOS DE. SÍ REGULA LOS ARTÍCULOS 66 Y 67 DEL CÓDIGO SANITARIO.- (2318)
- RAYOS X, TIPO DIAGNOSTICO; REGLAMENTO DE SEGURIDAD RADIOLOGICA PARA EL USO DE EQUIPOS DE. SI REGULA LOS ARTICULOS 66 Y 67 DEL CODIGO SANITARIO. (s/clave)
- RAYOS X, TIPO DIAGNÓSTICO, REGLAMENTO DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA PARA EL USO DE EQUIPOS DE. NO LESIONA LA GARANTÍA DE LIBERTAD DE TRABAJO.- (2317)
- RAYOS X, TIPO DIAGNOSTICO, REGLAMENTO DE SEGURIDAD RADIOLOGICA PARA EL USO DE EQUIPOS DE. NO LESIONA LA GARANTIA DE LIBERTAD DE TRABAJO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis