Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Titulo II — de esta ley, lo certificarán así, en el documento, el corredor o los comerciantes que intervengan en la venta, y llenado ese requisito, el acreedor endosará en propiedad el título, pudiendo insertar la cláusula “sin responsabilidad.” · Capitulo II — De la letra de cambio · Seccion Novena — Acciones y Derechos que Nacen de la Falta de Aceptación y de la Falta de Pago
Artículo 167
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 167.- La acción cambiaria contra cualquiera de los signatarios de la letra es ejecutiva por el importe de ésta, y por el de los intereses y gastos accesorios, sin necesidad de que reconozca previamente su firma el demandado.
Contra ella no pueden oponerse sino las excepciones y defensas enumeradas en el artículo 8.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, ACCION CAMBIARIA DEDUCIDA EN JUICIO ORDINARIO, PRESCRIPCION DE LA. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. NO REQUIEREN RECONOCIMIENTO DE FIRMAS, COMO DOCUMENTOS PRIVADOS. (s/clave)
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