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Modo: Corpus Pro

Ley General de Víctimas · Titulo reubicado — y reestructurado (se suprime su anterior · Capitulo reubicado — DOF 03-05-2013

Artículo 48

Ordenamiento: Ley General de Víctimas · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-04-01

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 48. Las instituciones del sistema educativo nacional impartirán educación de manera que permita a la víctima incorporarse con prontitud a la sociedad y, en su oportunidad, desarrollar una actividad productiva.

Artículo reformado DOF 03-05-2013

Fuente oficial: consultar publicación

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