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Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes

Artículo 104

Ordenamiento: Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-03

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 104.- Las disposiciones contenidas en el presente y en los subsecu entes

títulos serán aplicables en aquellos municipios que no cuenten con los códigos, con

los bandos o reglamentos correspondientes, hasta en tanto expidan sus

reglamentos sobre estas materias.

Fuente oficial: consultar publicación

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