Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley Nacional de Extinción de Dominio

Artículo 171

Ordenamiento: Ley Nacional de Extinción de Dominio · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 171. Cada parte será responsable de las costas o gastos que originen las diligencias que promueva.

En ningún caso habrá condena en costas judiciales, sin perjuicio del resultado del fallo.

TÍTULO TERCERO

DEL PROCESO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO

Fuente oficial: consultar publicación

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