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Modo: Corpus Pro

Ley Nacional de Extinción de Dominio

Artículo 187

Ordenamiento: Ley Nacional de Extinción de Dominio · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 187. Si el Ministerio Público no cumple con lo dispuesto en el artículo que precede, la medida cautelar se revocará luego que la pida la Parte Demandada.

Fuente oficial: consultar publicación

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