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Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Artículo 102

Ordenamiento: Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2024-01-25

Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 102. En la Fiscalía General existirá una Unidad Administrativa encargada

de la investigación, vigilancia, supervisión y evaluación técnico jurídica,

denominada Visitaduría General y de As untos Internos; la cual, previa la

investigación de los hechos denunciados y, en su caso, el desahogo del

procedimiento administrativo correspondiente, someterá al Consejo de Honor que

para tal efecto se constituya, la propuesta de sanción derivada del pro cedimiento

previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en concordancia

con lo dispuesto en la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de

Morelos.

Fuente oficial: consultar publicación

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