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Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 104

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 104. Informes. La Secretaría Técnica informará de manera trimestral, al Comité las acciones realizadas en relación

a la administración del patrimonio del Fondo y, presentará de igual forma el proyecto de Presupuesto Anual de Egresos del

Fondo Auxiliar, para su discusión y aprobación, e n su caso. La Coordinación decidirá con base en la propuesta presentada,

el destino específico de los rendimientos.

La Coordinación del Órgano de Administración Judicial informará al Tribunal Pleno anualmente el resultado de los ingresos y

egresos del Fondo, efectuados durante cada período de su gestión.

Fuente oficial: consultar publicación

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