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LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

Artículo 55

Ordenamiento: LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 55. Órganos Jurisdiccionales de Primera Instancia. Los Juzgados de Primera Instancia, cualquiera que sea su

denominación, son órganos jurisdiccionales conformados por uno o más juezas o jueces con residencia, competencia y

jurisdicción ordinaria en un mismo distrito y/o circunscripción judicial, para conocer y resolver los asuntos que les corresponda

conforme a esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Las personas juzgadoras en materia civil, mercantil, familiar y penal serán electos popularmente en los términos que

establezca la Constitución Política del Estado, el Código Electoral y demás dispo siciones aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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