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Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 72

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 72. Gestión Judicial. La Gestión Judicial en cada uno de los juzgados será el órgano encargado de brindar apoyo

en el procesamiento de los asuntos del juzgado, para el desempeño de sus funciones.

El Órgano de Administración Judicial establecerá el modelo de gestión judicial conforme a las buenas prácticas de la política

judicial que autorice para el funcionamiento de los Juzgados de Primera Instancia.

CAPÍTULO OCTAVO

TRIBUNAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

Fuente oficial: consultar publicación

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