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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes

Artículo 119

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 119.- Un proyecto de una nueva Ley se justificará si más de la mitad de

los preceptos que la integran son nuevos o modifiquen a los vigentes.

Fuente oficial: consultar publicación

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