Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes

Artículo 152 BIS

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

(ADICIONADO, P.O. 17 DE OCTUBRE DE 2022)

Artículo 152 BIS. - En el ejercicio de su función los Diputados promoverán la

participación e inclusión de la ciudadanía en la toma de decisiones relacionadas con

el proceso legislativo.

El Congreso del Estado conducirá bajo el principio de parlamento abierto la

implementación de la evaluación legislativa y de los mecanismos mencionados por

el párrafo anterior.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 152Índice de la leyArt. 152 TER →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis