Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del Estad

Artículo 17

Ordenamiento: Ley sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2017-07-16

Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 17.- Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o

aplicación de esta Ley o de los Contratos o convenios celebrados en apego a ella,

en que sea parte el Poder Ejecutivo, serán resueltas por los tribunales competentes

del Estado de Morelos.

Lo previsto en el párrafo anterior, debe resultar sin perjuicio de los procedimientos

conducentes en materia administrativa, incluyendo aquellos que la Contraloría

conozca respecto de las inconformidades que presenten los particulares, en

relación con los procedimientos de contratación.

Ley sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Sober ano de Morelos

Los actos, convenios y Contratos que se realicen o celebren en contravención a lo

dispuesto por esta Ley, serán nulos de pleno derecho.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 16Índice de la leyArt. 18 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2017-07-16)

Artículo 17.- Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o

aplicación de esta Ley o de los Contratos o convenios celebrados e n apego a ella,

en que sea parte el Poder Ejecutivo, serán resueltas por los tribunales

competentes del Estado de Morelos.

Lo previsto en el párrafo anterior, debe resultar sin perjuicio de los procedimientos

conducentes en materia administrativa, incluy endo aquellos que la Contraloría

conozca respecto de las inconformidades que presenten los particulares, en

relación con los procedimientos de contratación.

Los actos, convenios y Contratos que se realicen o celebren en contravención a lo

dispuesto por esta Ley, serán nulos de pleno derecho.

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis