Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo PRIMERO — Bases Generales, Organización y División de la Armada

Artículo 15

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 15.- La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Ingenieros de Artillería y sus equivalencias con el de Guerra, son:

I.- Oficial

Ingeniero de Artillería

Primer Teniente.

II.- Jefes

Ingeniero de Artillería Jefe de 2a.

Teniente Mayor.

Ingeniero de Artillería Jefe de 1a.

Capitán de Fragata.

Ingeniero de Artillería Subinspector

Capitán de Navío.

Cuerpo de Ingenieros Navales

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 14Índice de la leyArt. 16 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.