Ordenanza General de la Armada · Titulo QUINTO — De los Condestables
Artículo 292
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 292.- Dirigirán al personal subalterno de su sección o batería en la limpieza diaria; cooperarán activamente en la instrucción militar y en ejercicios de tiro y zafarrancho de combate, acudiendo con la debida presteza a cubrir el puesto que tengan señalado, y cuidando del mejor orden en el desempeño de su servicio.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SERVICIO MILITAR. (s/clave)
- MILITARES, SOBREHABERES DE LOS. (s/clave)
- SERVICIO DE ARMAS. (s/clave)
- SUBORDINACION. (s/clave)
- MILITARES. BAJAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis