Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo DECIMO — De los Oficiales Subalternos

Artículo 496

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 496.- Todos los Oficiales deberán llevar por sí un diario particular de navegación, conforme al modelo extractado del cuaderno de bitácora y aprobado por la Secretaría de Guerra y Marina, con todos los cálculos que hubieren trabajado de sus observaciones, a fin de estar bien enterados de la derrota.

Fuente oficial: consultar publicación

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