Ordenanza General de la Armada · Titulo I — , Tratado III, y este substituto hará levantar en el acto los documentos de recibo de que habla el artículo respectivo, a reserva de dar parte oficial de lo ocurrido, por los conductos debidos, a la Secretaría del ramo. Si este acontecimiento sucediere en combate, tomará el mando desde luego el que le deba substituir, sin estos requisitos, los que cumplirá cuando le sea posible después de terminada la acción.
Artículo 681
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 681.- Exigirá que el Médico Cirujano le pase, por los conductos debidos, todos los días, a las ocho de la mañana, un parte escrito, en el que exprese la clase y nombre de los Oficiales y gente enferma, así como la naturaleza y probable duración del mal que padezcan.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PERITOS MEDICOS. ES INNECESARIO QUE ACOMPAÑEN DOCUMENTOS A SUS DICTAMENES. (IV.3o.140 L)
- MEDICOS. (s/clave)
- ENFERMEDADES PROFESIONALES, COMPROBACION DE LAS. (s/clave)
- LESIONES, CLASIFICACION DE LAS, CUANDO SE INFECTAN. (s/clave)
- MEDICOS. (s/clave)
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