MEDICOS.
La obligación que les impone el artículo 262 del Código Sanitario del Distrito Federal, de dar aviso al Departamento de Salubridad, de los casos confirmados o sospechosos de las enfermedades que el mismo precepto señala, se refiere a los que saben de tales casos ejerciendo su profesión, no a los que sólo tienen noticias de ellos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811281-ef64f141/medicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. López Portillo Javier. 22 de marzo de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Enrique Moreno y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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