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Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo VIGESIMO — Del Maquinista de Cargo

Artículo 873

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 873.- Diariamente, a la hora de la revista de policía, hará una inspección personal a todos los departamentos de la máquina, dando parte al Segundo Comandante de las novedades que encontrare. Examinará, también diariamente, la temperatura de las carboneras, avisando desde luego si fuere superior a la normal.

Fuente oficial: consultar publicación

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