Reglamento de la Ley de Biocombustibles · Titulo SEGUNDO — DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES · Capitulo II — De las Autorizaciones y Permisos que otorga la SENER · Seccion II — Del Permiso de Producción de Biocombustibles
Artículo 37
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 37. Para obtener el Permiso de Producción de Biocombustibles, la persona solicitante, debe presentar una solicitud en el formato autorizado por la SENER de acuerdo con lo señalado en el artículo 27 del Reglamento y los requisitos siguientes:
I. Información de la operación que incluya lo siguiente:
a) Descripción de las instalaciones y equipos con los que se pretenda llevar a cabo la Producción y, en su caso, Almacenamiento de Biocombustibles, en la que se incluya la capacidad de estos;
b) Descripción de los procesos y tecnologías empleados para la Producción de Biocombustibles;
c) Descripción de los Biocombustibles por producir, y
d) En su caso, Normas Oficiales Mexicanas, certificaciones o estándares nacionales o internacionales de calidad de Biocombustibles que se plantean cumplir;
II. Datos del proyecto, que incluya, al menos, lo siguiente:
a) Inversión destinada para la ejecución del proyecto;
b) Número de empleos generados;
c) Tiempo estimado de construcción;
d) Planes de expansión en el corto, mediano y largo plazo, y
e) Certificaciones nacionales e internacionales aplicables por obtener y otros que considere relevantes;
III. Ingeniería del proyecto, en donde se incluya, lo siguiente:
a) Planos de planta en donde se identifique la distribución de equipos;
b) Almacenamiento de la Biomasa y materias primas del proceso;
c) Planos arquitectónicos;
d) Diagramas de tubería e instrumentación;
e) Diagramas unifilares, y
f) Descripción detallada de los sistemas de seguridad que se requieran durante la operación normal de las instalaciones, equipos y procesos;
IV. Origen de la Biomasa para la Producción de Biocombustibles:
a) Cuando se use caña de azúcar, sorgo u otro tipo de insumo para la Producción de Biomasa, se debe presentar el permiso otorgado por la SADER, para tal efecto;
b) Cuando se trate de cultivos en Suelos Marginales, se debe presentar el aviso presentado a la SADER y su respectiva autorización para tal efecto;
c) Cuando se trate del Aprovechamiento del Biogás generado por los Residuos Orgánicos dispuestos en rellenos sanitarios, se deben presentar las autorizaciones que se emitieron para la instalación y operación de dicha infraestructura, y en el formato de solicitud autorizado se debe incluir su descripción, la situación actual, la cantidad de Residuos Orgánicos dispuestos, la cantidad con la que se opera y la que se pretende recibir, así como la estimación y proyecciones de Biogás y, en su caso, Biometano en un horizonte de evaluación determinado, entre otros que permitan identificar el potencial de Producción de Biocombustibles;
d) En caso de que se pretenda realizar la actividad a partir de lodos provenientes de plantas de tratamiento de Aguas Residuales, se debe presentar el proyecto que contemple la cantidad de lodos y la estimación de Producción de Biogás, y
e) En caso de que, se pretenda realizar la actividad a partir de Residuos Orgánicos provenientes de otras actividades señaladas en los incisos que anteceden, se deben presentar cartas compromiso o cartas de intención de los generadores o recolectores de estos Residuos Orgánicos, en las que se señale el lugar de procedencia, tipo, volumen y frecuencia de entrega de Residuos Orgánicos;
V. Balance de materia y energía esperados, con base en su capacidad máxima de Producción, incluidos tipo y volumen de Biomasa, servicios auxiliares, productos y subproductos;
VI. Póliza vigente de seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros en caso de un siniestro que pueda derivarse de la realización de las actividades objeto del permiso, o en su caso, incluir en el formato de solicitud autorizado por la SENER, la manifestación ante la SENER en la que la persona solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza de seguro vigente a más tardar en el momento en que entregue el Aviso de Inicio de Operaciones, y
VII. Póliza vigente de responsabilidad ambiental que cubra daños al medio ambiente en caso de siniestros que puedan derivarse de la realización de las actividades objeto del permiso o, en su caso, incluir en el formato de solicitud autorizado por la SENER, la manifestación ante la SENER en la que la persona solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza de seguro vigente a más tardar en el momento en que entregue el Aviso de Inicio de Operaciones.
En su caso, la información debe incluir lo referente a las instalaciones y procesos para el Almacenamiento y las obras de interconexión con sistemas de Transporte y Distribución.
Previo al inicio de operación la persona titular del permiso debe cumplir con las obligaciones aplicables en materia laboral y ambiental.
SECCIÓN III
Del Permiso de Almacenamiento de Biocombustibles
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
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- ZONIFICACIÓN Y USOS DEL SUELO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN. LOS ARTÍCULOS 318, 319, 340, 340 BIS, 368 Y 369 DEL REGLAMENTO RELATIVO, AL ESTABLECER MAYORES REQUISITOS PARA ((IV Región)1o.49 A (10a.))
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- SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. NO PROCEDE CONCEDERLA RESPECTO DE LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE LA EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CR (PR.A.CN. J/4 A (11a.))
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