Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Titulo TERCERO — DEL DESARROLLO POLICIAL · Capitulo TERCERO — DE LAS SITUACIONES DEL PERSONAL · Seccion PRIMERA — CLASIFICACIÓN DE SUS INTEGRANTES
Artículo 183
Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 183.- El Integrante retirado tendrá derecho a usar su uniforme en ceremonias cívicas u otras donde la Institución le autorice, en caso de asistir a ceremonias vestido de civil podrá utilizar sus condecoraciones.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARMAS, PORTACIÓN DE, POR MILITARES RETIRADOS.- (306)
- ARMAS, PORTACION DE, POR MILITARES RETIRADOS. (s/clave)
- GRATIFICACIONES. (s/clave)
- COMISARIADOS EJIDALES, INTEGRANTES DE LOS. (s/clave)
- MILITARES, REINGRESO DE, AL SERVICIO ACTIVO. (s/clave)
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