Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Titulo TERCERO — CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS · Capitulo IV — DEL AGRUPAMIENTO POR CATEGORÍAS Y OTRAS
Artículo 23
Vigencia verificada: 19 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 23. Los vehículos de combustión atendiendo al grado de dificultad para
conducirlos, se agrupan en las siguientes categorías:
I. Categoría “A”: los vehículos menores motorizados;
II. Categoría “B”: los vehículos no comprendidos en la categoría “A”, cuyo peso
máximo autorizado no exceda de 3,500 kilogramos y cuyo número de asientos, sin
contar el del Conductor, no exceda de ocho. Pueden ser combinados con un
remolque cuyo peso no exceda de 750 kilogramos o bien con un remolque con
peso mayor de 750 kilogramos, pero que no exceda de la tara de la unidad motriz,
si el peso total de la combinación no es superior a 3,500 kilogramos;
III. Categoría “C”: los vehículos destinados al transporte de mercancías cuyo peso
máximo autorizado exceda de 3,500 kilogramos, pueden ser combinados con un
remolque cuyo peso no exceda de 750 kilogramos;
IV. Categoría “D”: los vehículos destinados al transporte de personas que tengan
más de ocho asientos sin contar el del Conductor, pueden ser combinados con un
remolque cuyo peso no exceda de 750 kilogramos, y
Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica
Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Marco normativo
CNDH
Fecha de publicación: 21 de junio de 2011
V. Categoría “E”: las combinaciones de vehículos con peso superior a 4,250
kilogramos y cuya unidad motriz esté comprendida dentro de las categorías “B”,
"C" o "D".
Clasificación de los vehículos atendiendo a su agrupamiento
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- VIAS GENERALES DE COMUNICACION. (s/clave)
- VEHICULOS PESADOS, PERMISO PREVIO DE PUENTES Y PAVIMENTOS PARA LA CIRCULACION DE. (s/clave)
- TRANSPORTE DE PASAJEROS, REQUISITOS PARA EL. (s/clave)
- ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS CONDICIONES AMBIENTALES A QUE SE SUJETARÁ LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS EQUIPADOS CON MOTOR A DIESEL Y CON PESO BRUTO VEHICULAR MAYOR A (XV.5o.6 A (10a.))
- REGLAMENTO DE TRANSITO. (s/clave)
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