Corpus
Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos

Artículo 210

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 210. La Secretaría y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano pueden declarar la improcedencia de la presentación del aviso de inicio de negociación a que se refiere el artículo 133, fracción IV de la Ley, en los casos siguientes:

I. Cuando no se cuente con la Asignación, Contrato para la Exploración y Extracción o permiso de Transporte por medio de Ductos que ampare la actividad;

II. Que la actividad sobre la cual se presenta el aviso de negociación no se encuentre prevista dentro del

Título Cuarto,

Capítulo IV de la Ley;

III. Cuando se encuentre pendiente o en curso la celebración de un procedimiento de Consulta Previa para el proyecto;

IV. Cuando se presente el aviso de inicio de negociación fuera del plazo establecido en el artículo anterior;

V. Cuando se presente un aviso de inicio de negociación cuya Asignación, Contrato para la Exploración y Extracción o permiso de Transporte por medio de Ductos haya sido revocado o rescindido;

VI. Cuando se presente el aviso de negociación sobre el mismo titular, inmueble y fracción, y

VII. Cualquier otra que se establezca en la Normatividad que emita la Secretaría.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 209Índice de la leyArt. 211 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.